Desde pequeños emprendedores hasta multinacionales, todas las empresas deben aceptar transacciones con bitcoin; de lo contrario, usuarios podrán ampararse en ley de protección al consumidor.
El asesor jurídico del presidente, Javier Argueta, aseguró este lunes que todos los empresarios en El Salvador estarán obligados a tener una billetera electrónica y aceptar transacciones con bitcoin, de lo contrario serán sujetos de infracciones en normas secundarias como la Ley de Protección al Consumidor.
Durante la entrevista Frente a Frente, de Telecorporación Salvadoreña (TCS), el asesor de Casa Presidencial explicó ─a solo unas horas de la entrada en vigencia de la Ley Bitcoin─ que todos los micro, pequeños y grandes empresarios deberán aceptar transacciones con bitcoin, por ley.
El debate gira en torno al artículo 7 de la ley bitcoin, el cual establece que todos los agentes económicos están obligados a aceptar el bitcoin como medio de pago, cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio. Sin embargo, el presidente de la República, Nayib Bukele, y el partido oficialista, insisten en que el bitcoin es “voluntario”.El artículo 7 señala que existirá una transacción en bitcoin que tú como proveedor deberás aceptar. ¿Qué significa esto? Que las billeteras electrónicas, o la famosa ‘Chivo Wallet’, lo que incorporan es que cuando yo llegue a comprar (…) hacemos la transacción y tú debes aceptarla”.Javier Argueta, asesor jurídico de la Presidencia.
Argueta explicó que, por ejemplo, al adqurir 1,000 camisas y pagar en bitcoin el equivalente a $200, el proveedor deberá aceptar su pago a través de una billetera electrónica.
Al “enlazar” las aplicaciones del teléfono del cliente y el teléfono del proveedor, sin embargo, puede hacerse un cambio al recibir “bitcoin o dólares”, a través de un mecanismo de conversión instantánea.
En la misma aplicación de billetera electrónica, dijo, surgirá un mensaje para consultar al empresario si desea bitcoin o dólares en su billetera.Lo que dice el artículo 7 es que tú, teniendo la billetera electrónica, debes aceptar la transacción; pero cuando yo llego y te voy a pagar en bitcoin, la aplicación envía un mensaje que te dice si quieres bitcoin o quieres dólares”explicó Argueta.
El funcionario reiteró que la transacción con bitcoin es obligatoria, más no “recibir” bitcoin en la billetera. Esto, debido a que pueden convertirse a dólares a través del Fideicomiso del Bitcoin (Fidebitcoin).
Otro elemento que se vuelve obligatorio automáticamente es la billetera electrónica o “wallet”, pues es el único medio para recibir pagos en bitcoin. Sobre los costos que esto trae a los empresarios, Argueta dijo que “son mínimos”, y que la billetera electrónica del Gobierno, la “Chivo wallet”, es gratis.
La ley bitcoin establece que es obligación del Estado establecer los mecanismos de capacitación para quienes no tengan la tecnología, y, debido a que el Estado ya proporcionó la billetera Chivo, “no tienes la capacidad de decir no porque no hay, es gratis”, reiteró.Si tienes un puesto formal o informal, tienes tu billetera que tú has adquirido y quieres poner una venta de comida, el Estado ha proporcionado una billetera Chivo, no tienes la capacidad de decir “no, no hay, porque es gratis”.Javier Argueta, asesor jurídico de Capres.
¿Habrá una sanción?
El asesor jurídico de la presidencia aclaró hoy que los empresarios que no acepten las transacciones con bitcoin podrían caer en un incumplimiento de ley y, por tanto, ser sujetos de infracción de otras leyes que protegen al consumidor, o incluso en materia financiera.
Argueta explicó que, aunque la ley no incluye sanciones, sí hace referencia a la figura de “normas penales en blanco”, es decir, que al haber un incumplimiento, se remite a otra ley o reglamento para establecer la sanción.En materia de derecho sancionatorio, la ley no trae nada; pero sí hace referencia, en una integración normativa, a una figura que se llama “normas penales en blanco”, en donde hace remisiones de infracciones a la Ley de Protección al Consumidor, la ley de la Superintendencia del Sistema Financiero”.Javier Argueta, asesor jurídico de Capres.
Esto quiere decir que, al rechazar un pago con bitcoin, el empresario puede caer en un inclumplimiento de ley. El castigo por este incumplimiento se haría a través de una “remisión internormativa”, es decir, referir la “falta” a otra ley, explicó Argueta.
En este caso, sería la Ley de Protección al Consumidor “para proteger a los consumidores”, y la Ley orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero en el caso de bancos, inversionistas y empresarios de criptomonedas.